| Yahveh habló a Moisés y a Aarón, diciendo: |
| Cuando uno tenga en la piel de su carne tumor, erupción o mancha blancuzca brillante, y se forme en la piel de su carne como una llaga de lepra, será llevado al sacerdote Aarón o a uno de sus hijos, los sacerdotes. |
| El sacerdote examinará la llaga en la piel de la carne; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y la llaga parece más hundida que la piel de su carne, es llaga de lepra; cuando el sacerdote lo haya comprobado, le declarará impuro. |
| Mas si hay en la piel de su carne una mancha blancuzca brillante sin que parezca más hundida que la piel, y sin que el pelo se haya vuelto blanco, el sacerdote recluirá durante siete días al afectado. |
| Al séptimo día el sacerdote lo examinará, y si comprueba que la llaga se ha detenido, no se ha extendido por la piel, el sacerdote entonces lo recluirá otros siete días. |
| Pasados estos siete días, el sacerdote lo examinará nuevamente: si ve que la llaga ha perdido su color y no se ha extendido en la piel, el sacerdote lo declarará puro; no se trata más que de una erupción. Lavará sus vestidos y quedará puro. |
| Pero si después que el sacerdote le ha examinado y declarado puro, sigue la erupción extendiéndose por la piel, se presentará de nuevo al sacerdote. |
| El sacerdote, al comprobar que la erupción se extiende por la piel, lo declarará impuro: es un caso de lepra. |
| Cuando en un hombre se manifieste una llaga como de lepra, será llevado al sacerdote. |
| El sacerdote lo examinará, y si observa un tumor blancuzco en la piel, el color del pelo mudado en blanco y una úlcera en la hinchazón, |
| se trata de lepra arraigada en su piel; el sacerdote lo declarará impuro y no le recluirá, porque es impuro. |
| Pero si la lepra se ha extendido por la piel hasta cubrir toda la piel del enfermo desde la cabeza hasta los pies, en cuanto alcanza a verlo el sacerdote, |
| éste lo examinará, y si la lepra ha cubierto toda su carne, declarará puro al afectado por la llaga: se ha vuelto todo blanco; es puro. |
| Pero cuando se vea en él una úlcera, quedará impuro; |
| en cuanto el sacerdote vea la úlcera, lo declarará impuro. La úlcera es impura; es un caso de lepra. |
| Pero si la úlcera cambia, volviéndose blanca, el afectado ha de presentarse al sacerdote. |
| El sacerdote lo examinará, y al ver que la llaga se ha vuelto blanca, declarará puro al afectado por la enfermedad: es puro. |
| Cuando en la piel de alguno se ha curado un divieso, |
| y en el lugar del divieso aparece un tumor blanco, o una mancha de color blanco rojizo, ése habrá de presentarse al sacerdote. |
| El sacerdote lo examinará, y si la mancha parece más hundida que la piel y su pelo se ha vuelto blanco, el sacerdote lo declarará impuro. Es llaga de lepra que se ha producido en el divieso. |
| Pero si el sacerdote ve que no hay en ella pelo blanco, ni está más hundida que la piel, y que ha perdido color, le recluirá por siete días. |
| Si entonces se extiende por la piel, el sacerdote lo declarará impuro; es un caso de lepra. |
| Pero si la mancha sigue estacionaria, sin extenderse, es la cicatriz del divieso; el sacerdote lo declarará puro. |
| Cuando en la piel de alguien hay una quemadura, y sobre la quemadura se forma una mancha de color blanco rojizo o sólo blanco, |
| el sacerdote la examinará; y si el pelo se ha vuelto blanco en la mancha blanca y ésta aparece más hundida que la piel, es que se ha producido lepra en la quemadura. El sacerdote lo declarará impuro; es un caso de lepra. |
| Si, en cambio, el sacerdote observa que en la mancha no aparece pelo blanco, que no está más hundida que la piel y que ha perdido color, lo recluirá siete días. |
| Al séptimo día lo examinará, y si se ha extendido por la piel, el sacerdote lo declarará impuro; es un caso de lepra. |
| Pero si la mancha sigue estacionaria sin extenderse por la piel y ha perdido color, se trata de la hinchazón de la quemadura, y el sacerdote lo declarará puro; pues es la cicatriz de la quemadura. |
| Cuando un hombre o una mujer tengan una llaga en la cabeza o en la barbilla, |
| el sacerdote examinará la llaga, y si ésta aparece más hundida que la piel, y si hay en ella pelo amarillento y más ralo, el sacerdote lo declarará impuro; es tiña, o sea, lepra de la cabeza o de la barbilla. |
| Mas si el sacerdote ve que la llaga de tiña no aparece más hundida que la piel, y que no hay en ella pelo amarillento, recluirá al afectado por la tiña durante siete días. |
| Al séptimo, el sacerdote examinará el mal, y si no se ha extendido la tiña, ni hay en ella pelo amarillento, ni la llaga aparece más hundida que la piel, |
| aquella persona se afeitará, excepto en el lugar de la tiña; y el sacerdote recluirá al afectado durante otros siete días. |
| Al séptimo día el sacerdote lo examinará y si no se ha extendido la llaga por la piel, ni aparece más hundida que la piel, le declarará puro; lavará sus vestidos y quedará puro. |
| Pero si la tiña, después de la purificación, se extiende mucho por la piel, |
| el sacerdote lo examinará. Si comprueba que la tiña se ha extendido por la piel, el sacerdote ya no tendrá que buscar pelo amarillento; aquella persona es impura. |
| Mas si, según su opinión, la tiña no se ha extendido y ha brotado en ella pelo negro, se ha curado la tiña. Esa persona es pura y el sacerdote la declarará pura. |
| Cuando un hombre o una mujer tengan en su piel manchas brillantes, manchas blancas, |
| el sacerdote las examinará; si comprueba que las manchas de la piel son de color blanco, se trata de un eccema que ha brotado en la piel; esta persona es pura. |
| Si a alguno se le cae el pelo de la cabeza y queda calvo por detrás, es puro. |
| Si se le cae el pelo de la parte delantera de la cabeza, es calvo por delante, pero es puro. |
| Pero si en la calva, por detrás o por delante, aparece una llaga de color rojizo, es lepra que se ha producido en la calva, sea por detrás o por delante. |
| El sacerdote la examinará y si la hinchazón de la llaga en la parte calva es de color blanco rojizo, con aspecto de lepra en la piel, |
| se trata de un leproso: es impuro. El sacerdote le declarará impuro; tiene lepra en la cabeza. |
| El afectado por la lepra llevará los vestido rasgados y desgreñada la cabeza, se cubrirá hasta el bigote e irá gritando: «¡Impuro, impuro!» |
| Todo el tiempo que dure la llaga, quedará impuro. Es impuro y habitará solo; fuera del campamento tendrá su morada. |
| Cuando aparezca una llaga de lepra en un vestido de lana o de lino, |
| o en tejido o cobertor de lino o lana, o en una piel, o en cualquier objeto de cuero, |
| si la mancha en el vestido o en la piel, o en el tejido o en el cobertor, o en cualquier objeto hecho de cuero, tiene color verdoso o rojizo, es llaga de lepra y debe ser mostrada al sacerdote. |
| El sacerdote examinará la mancha y encerrará el objeto manchado durante siete días. |
| Al séptimo, el sacerdote examinará la mancha y si se ha extendido por el vestido, tejido, cobertor, piel o por un objeto de cuero, es un caso de lepra maligna y el objeto es impuro. |
| Se quemará el vestido, tejido, cobertor de lana o de lino o el objeto de cuero en que se encuentre la mancha, pues es lepra maligna; será quemado. |
| Pero si el sacerdote ve que no se ha extendido la mancha por el vestido, tejido, cobertor o el objeto de cuero, |
| hará lavar el objeto manchado y lo encerrará otros siete días. |
| Si el sacerdote ve que la mancha, después de haber sido lavada, no ha mudado de aspecto, aunque la mancha no se haya extendido, el objeto es impuro; lo entregarás al fuego: es una infección por la cara y el envés. |
| Pero si el sacerdote ve que la parte manchada, después de lavada, ha perdido color, la rasgará del vestido, del cuero, del tejido o del cobertor. |
| Pero si vuelve a aparecer en el vestido, tejido, cobertor o en un objeto de cuero, es mal contagioso; quemarás lo que está afectado por la lepra. |
| En cuanto al vestido, tejido, cobertor o el objeto de cuero, que después de ser lavado pierdan la mancha, serán lavados por segunda vez y quedarán puros. |
| Estas es la ley para la mancha de lepra que se halla en los vestidos de lana o de lino, en el tejido e en el cobertor o en cualquier objeto hecho de cuero, para declararlos puros o impuros. |
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