CAPITULO TERCERO: LOS SACRAMENTOS AL SERVICIO
DE LA COMUNIDAD
1533. El Bautismo, la Confirmación y la
Eucaristía son los sacramentos de la iniciación cristiana.
Fundamentan la vocación común de todos los discípulos de
Cristo, que es vocación a la santidad y a la misión de
evangelizar el mundo. Confieren las gracias necesarias para vivir
según el Espíritu en esta vida de peregrinos en marcha hacia la
patria.
1534 Otros dos sacramentos, el Orden y el
Matrimonio, están ordenados a la salvación de los demás.
Contribuyen ciertamente a la propia salvación, pero esto lo hacen
mediante el servicio que prestan a los demás. Confieren una
misión particular en la Iglesia y sirven a la edificación del
Pueblo de Dios.
1535 En estos sacramentos, los que fueron ya
consagrados por el Bautismo y la Confirmación (LG 10) para el
sacerdocio común de todos los fieles, pueden recibir
consagraciones particulares. Los que reciben el sacramento del
orden son consagrados para "en el nombre de Cristo ser los
pastores de la Iglesia con la palabra y con la gracia de
Dios" (LG 11). Por su parte, "los cónyuges cristianos,
son fortificados y como consagrados para los deberes y dignidad de
su estado por este sacramento especial" (GS 48,2).
Artículo 6 EL SACRAMENTO DEL ORDEN
1536 El Orden es el sacramento gracias al cual
la misión confiada por Cristo a sus Apóstoles sigue siendo
ejercida en la Iglesia hasta el fin de los tiempos: es, pues, el
sacramento del ministerio apostólico. Comprende tres grados: el
episcopado, el presbiterado y el diaconado.
(Sobre la institución y la misión del
ministerio apostólico por Cristo ya se ha tratado en la primera
parte. Aquí sólo se trata de la realidad sacramental mediante la
que se transmite este ministerio)
I EL NOMBRE DE SACRAMENTO DEL ORDEN
1537 La palabra Orden designaba, en la
antigüedad romana, cuerpos constituidos en sentido civil, sobre
todo el cuerpo de los que gobiernan. Ordinatio designa la
integración en un ordo. En la Iglesia hay cuerpos constituidos
que la Tradición, no sin fundamentos en la Sagrada Escritura (cf
Hb 5,6; 7,11; Sal 110,4), llama desde los tiempos antiguos con el
nombre de taxeis (en griego), de ordines (en latín): así la
liturgia habla del ordo episcoporum, del ordo presbyterorum, del
ordo diaconorum. También reciben este nombre de ordo otros
grupos: los catecúmenos, las vírgenes, los esposos, las
viudas...
1538 La integración en uno de estos cuerpos de
la Iglesia se hacía por un rito llamado ordinatio, acto religioso
y litúrgico que era una consagración, una bendición o un
sacramento. Hoy la palabra ordinatio está reservada al acto
sacramental que incorpora al orden de los obispos, de los
presbíteros y de los diáconos y que va más allá de una simple
elección, designación, delegación o institución por la
comunidad, pues confiere un don del Espíritu Santo que permite
ejercer un "poder sagrado" (sacra potestas; cf LG 10)
que sólo puede venir de Cristo, a través de su Iglesia. La
ordenación también es llamada consecratio porque es un
"poner a parte" y un "investir" por Cristo
mismo para su Iglesia. La imposición de manos del obispo, con la
oración consecratoria, constituye el signo visible de esta
consagración.
II EL SACRAMENTO DEL ORDEN
EN LA ECONOMIA DE LA SALVACION
El sacerdocio de la Antigua Alianza
1539 El pueblo elegido fue constituido por Dios
como "un reino de sacerdotes y una nación consagrada"
(Ex 19,6; cf Is 61,6). Pero dentro del pueblo de Israel, Dios
escogió una de las doce tribus, la de Leví, para el servicio
litúrgico (cf. Nm 1,48-53); Dios mismo es la parte de su herencia
(cf. Jos 13,33). Un rito propio consagró los orígenes del
sacerdocio de la Antigua Alianza (cf Ex 29,1-30; Lv 8). En ella
los sacerdotes fueron establecidos "para intervenir en favor
de los hombres en lo que se refiere a Dios para ofrecer dones y
sacrificios por los pecados" (Hb 5,1).
1540 Instituido para anunciar la palabra de
Dios (cf Ml 2,7-9) y para restablecer la comunión con Dios
mediante los sacrificios y la oración, este sacerdocio de la
Antigua Alianza, sin embargo, era incapaz de realizar la
salvación, por lo cual tenía necesidad de repetir sin cesar los
sacrificios, y no podía alcanzar una santificación definitiva
(cf. Hb 5,3; 7,27; 10,1-4), que sólo podría alcanzada por el
sacrificio de Cristo.
1541 No obstante, la liturgia de la Iglesia ve
en el sacerdocio de Aarón y en el servicio de los levitas, así
como en la institución de los setenta "ancianos" (cf Nm
11,24-25), prefiguraciones del ministerio ordenado de la Nueva
Alianza. Por ello, en el rito latino la Iglesia se dirige a Dios
en la oración consecratoria de la ordenación de los obispos de
la siguiente manera:
Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo...has
establecido las reglas de la Iglesia: elegiste desde el principio
un pueblo santo, descendiente de Abraham , y le diste reyes y
sacerdotes que cuidaran del servicio de tu santuario...
1542 En la ordenación de presbíteros, la
Iglesia ora:
Señor, Padre Santo...en la Antigua Alianza se
fueron perfeccionando a través de los signos santos los grados
del sacerdocio...cuando a los sumos sacerdotes, elegidos para
regir el pueblo, les diste compañeros de menor orden y dignidad,
para que les ayudaran como colaboradores...multiplicaste el
espíritu de Moisés, comunicándolo a los setenta varones
prudentes con los cuales gobernó fácilmente un pueblo numeroso.
Así también transmitiste a los hijos de Aarón la abundante
plenitud otorgada a su padre.
1543 Y en la oración consecratoria para la
ordenación de diáconos, la Iglesia confiesa:
Dios Todopoderoso...tú haces crecer a la
Iglesia...la edificas como templo de tu gloria...así estableciste
que hubiera tres órdenes de ministros para tu servicio, del mismo
modo que en la Antigua Alianza habías elegido a los hijos de
Leví para que sirvieran al templo, y, como herencia, poseyeran
una bendición eterna.
El único sacerdocio de Cristo
1544 Todas las prefiguraciones del sacerdocio
de la Antigua Alianza encuentran su cumplimiento en Cristo Jesús,
"único mediador entre Dios y los hombres" (1 Tm 2,5).
Melquisedec, "sacerdote del Altísimo" (Gn 14,18), es
considerado por la Tradición cristiana como una prefiguración
del sacerdocio de Cristo, único "Sumo Sacerdote según el
orden de Melquisedec" (Hb 5,10; 6,20), "santo, inocente,
inmaculado" (Hb 7,26), que, "mediante una sola oblación
ha llevado a la perfección para siempre a los santificados"
(Hb 10,14), es decir, mediante el único sacrificio de su Cruz.
1545 El sacrificio redentor de Cristo es
único, realizado una vez por todas. Y por esto se hace presente
en el sacrificio eucarístico de la Iglesia. Lo mismo acontece con
el único sacerdocio de Cristo: se hace presente por el sacerdocio
ministerial sin que con ello se quebrante la unicidad del
sacerdocio de Cristo: "Et ideo solus Christus est verus
sacerdos, alii autem ministri eius" ("Y por eso sólo
Cristo es el verdadero sacerdote; los demás son ministros
suyos", S. Tomás de A. Hebr. VII, 4).
Dos modos de participar en el único sacerdocio
de Cristo
1546 Cristo, sumo sacerdote y único mediador,
ha hecho de la Iglesia "un Reino de sacerdotes para su Dios y
Padre" (Ap 1,6; cf. Ap 5,9-10; 1 P 2,5.9). Toda la comunidad
de los creyentes es, como tal, sacerdotal. Los fieles ejercen su
sacerdocio bautismal a través de su participación, cada uno
según su vocación propia, en la misión de Cristo, Sacerdote,
Profeta y Rey. Por los sacramentos del Bautismo y de la
Confirmación los fieles son "consagrados para ser...un
sacerdocio santo" (LG 10).
1547 El sacerdocio ministerial o jerárquico de
los obispos y de los presbíteros, y el sacerdocio común de todos
los fieles, "aunque su diferencia es esencial y no sólo en
grado, están ordenados el uno al otro; ambos, en efecto,
participan, cada uno a su manera, del único sacerdocio de
Cristo" (LG 10). ¿En qué sentido? Mientras el sacerdocio
común de los fieles se realiza en el desarrollo de la gracia
bautismal (vida de fe, de esperanza y de caridad, vida según el
Espíritu), el sacerdocio ministerial está al servicio del
sacerdocio común, en orden al desarrollo de la gracia bautismal
de todos los cristianos. Es uno de los medios por los cuales
Cristo no cesa de construir y de conducir a su Iglesia. Por esto
es transmitido mediante un sacramento propio, el sacramento del
Orden.
In persona Christi Capitis...
1548 En el servicio eclesial del ministro
ordenado es Cristo mismo quien está presente a su Iglesia como
Cabeza de su cuerpo, Pastor de su rebaño, sumo sacerdote del
sacrificio redentor, Maestro de la Verdad. Es lo que la Iglesia
expresa al decir que el sacerdote, en virtud del sacramento del
Orden, actúa "in persona Christi Capitis" (cf LG 10;
28; SC 33; CD 11; PO 2,6):
El ministro posee en verdad el papel del mismo
Sacerdote, Cristo Jesús. Si, ciertamente, aquel es asimilado al
Sumo Sacerdote, por la consagración sacerdotal recibida, goza de
la facultad de actuar por el poder de Cristo mismo a quien
representa (virtute ac persona ipsius Christi) (Pío XII, enc.
Mediator Dei).
"Christus est fons totius sacerdotii; nan
sacerdos legalis erat figura ipsius, sacerdos autem novae legis in
persona ipsius operatur" ("Cristo es la fuente de todo
sacerdocio, pues el sacerdote de la antigua ley era figura de EL,
y el sacerdote de la nueva ley actúa en representación
suya" (S. Tomás de A., s.th. 3, 22, 4).
1549 Por el ministerio ordenado, especialmente
por el de los obispos y los presbíteros, la presencia de Cristo
como cabeza de la Iglesia se hace visible en medio de la comunidad
de los creyentes. Según la bella expresión de San Ignacio de
Antioquía, el obispo es typos tou Patros, es imagen viva de Dios
Padre (Trall. 3,1; cf Magn. 6,1).
1550 Esta presencia de Cristo en el ministro no
debe ser entendida como si éste estuviese exento de todas las
flaquezas humanas, del afán de poder, de errores, es decir del
pecado. No todos los actos del ministro son garantizado s de la
misma manera por la fuerza del Espíritu Santo. Mientras que en
los sacramentos esta garantía es dada de modo que ni siquiera el
pecado del ministro puede impedir el fruto de la gracia, existen
muchos otros actos en que la condición humana del ministro deja
huellas que no son siempre el signo de la fidelidad al evangelio y
que pueden dañar por consiguiente a la fecundidad apostólica de
la Iglesia.
1551 Este sacerdocio es ministerial. "Esta
Función, que el Señor confió a los pastores de su pueblo, es un
verdadero servicio" (LG 24). Está enteramente referido a
Cristo y a los hombres. Depende totalmente de Cristo y de su
sacerdocio único, y fue instituido en favor de los hombres y de
la comunidad de la Iglesia. El sacramento del Orden comunica
"un poder sagrado", que no es otro que el de Cristo. El
ejercicio de esta autoridad debe, por tanto, medirse según el
modelo de Cristo, que por amor se hizo el último y el servidor de
todos (cf. Mc 10,43-45; 1 P 5,3). "El Señor dijo claramente
que la atención prestada a su rebaño era prueba de amor a
él" (S. Juan Crisóstomo, sac. 2,4; cf. Jn 21,15-17)
“En nombre de toda la Iglesia”
1552 El sacerdocio ministerial no tiene
solamente por tarea representar a Cristo –Cabeza de la Iglesia–
ante la asamblea de los fieles, actúa también en nombre de toda
la Iglesia cuando presenta a Dios la oración de la Iglesia (cf SC
33) y sobre todo cuando ofrece el sacrificio eucarístico (cf LG
10).
1553 "En nombre de toda la Iglesia",
expresión que no quiere decir que los sacerdotes sean los
delegados de la comunidad. La oración y la ofrenda de la Iglesia
son inseparables de la oración y la ofrenda de Cristo, su Cabeza.
Se trata siempre del culto de Cristo en y por su Iglesia. Es toda
la Iglesia, cuerpo de Cristo, la que ora y se ofrece, per ipsum et
cum ipso et in ipso, en la unidad del Espíritu Santo, a Dios
Padre. Todo el cuerpo, caput et membra, ora y se ofrece, y por eso
quienes, en este cuerpo, son específicamente sus ministros, son
llamados ministros no sólo de Cristo, sino también de la
Iglesia. El sacerdocio ministerial puede representar a la Iglesia
porque representa a Cristo.
III LOS TRES GRADOS DEL SACRAMENTO DEL ORDEN
1554 "El ministerio eclesiástico,
instituido por Dios, está ejercido en diversos órdenes que ya
desde antiguo reciben los nombres de obispos, presbíteros y
diáconos" (LG 28). La doctrina católica, expresada en la
liturgia, el magisterio y la práctica constante de la Iglesia,
reconocen que existen dos grados de participación ministerial en
el sacerdocio de Cristo: el episcopado y el presbiterado. El
diaconado está destinado a ayudarles y a servirles. Por eso, el
término "sacerdos" designa, en el uso actual, a los
obispos y a los presbíteros, pero no a los diáconos. Sin
embargo, la doctrina católica enseña que los grados de
participación sacerdotal (episcopado y presbiterado) y el grado
de servicio (diaconado) son los tres conferidos por un acto
sacramental llamado "ordenación", es decir, por el
sacramento del Orden:
Que todos reverencien a los diáconos como a
Jesucristo, como también al obispo, que es imagen del Padre, y a
los presbíteros como al senado de Dios y como a la asamblea de
los apóstoles: sin ellos no se puede hablar de Iglesia (S.
Ignacio de Antioquía, Trall. 3,1)
La ordenación episcopal, plenitud del
sacramento del Orden
1555 "Entre los diversos ministerios que
existen en la Iglesia, ocupa el primer lugar el ministerio de los
obispos que, que a través de una sucesión que se remonta hasta
el principio, son los transmisores de la semilla apostólica"
(LG 20).
1556 "Para realizar estas funciones tan
sublimes, los Apóstoles se vieron enriquecidos por Cristo con la
venida especial del Espíritu Santo que descendió sobre ellos.
Ellos mismos comunicaron a sus colaboradores, mediante la
imposición de las manos, el don espiritual que se ha transmitido
hasta nosotros en la consagración de los obispos" (LG 21).
1557 El Concilio Vaticano II "enseña que
por la consagración episcopal se recibe la plenitud del
sacramento del Orden. De hecho se le llama, tanto en la liturgia
de la Iglesia como en los Santos Padres, `sumo sacerdocio' o
`cumbre del ministerio sagrado'" (ibid.).
1558 "La consagración episcopal confiere,
junto con la función de santificar, también las funciones de
enseñar y gobernar... En efecto...por la imposición de las manos
y por las palabras de la consagración se confiere la gracia del
Espíritu Santo y queda marcado con el carácter sagrado. En
consecuencia, los obispos, de manera eminente y visible, hacen las
veces del mismo Cristo, Maestro, Pastor y Sacerdote, y actúan en
su nombre (in eius persona agant)" (ibid.). "El
Espíritu Santo que han recibido ha hecho de los obispos los
verdaderos y auténticos maestros de la fe, pontífices y
pastores" (CD 2).
1559 "Uno queda constituido miembro del
Colegio episcopal en virtud de la consagración episcopal y por la
comunión jerárquica con la Cabeza y con los miembros del
Colegio" (LG 22). El carácter y la naturaleza colegial del
orden episcopal se manifiestan, entre otras cosas, en la antigua
práctica de la Iglesia que quiere que para la consagración de un
nuevo obispo participen varios obispos (cf ibid.). Para la
ordenación legítima de un obispo se requiere hoy una
intervención especial del Obispo de Roma por razón de su
cualidad de vínculo supremo visible de la comunión de las
Iglesias particulares en la Iglesia una y de garante de libertad
de la misma.
1560 Cada obispo tiene, como vicario de Cristo,
el oficio pastoral de la Iglesia particular que le ha sido
confiada, pero al mismo tiempo tiene colegialmente con todos sus
hermanos en el episcopado la solicitud de todas las Iglesias:
"Más si todo obispo es propio solamente de la porción de
grey confiada a sus cuidados, su cualidad de legítimo sucesor de
los apóstoles por institución divina, le hace solidariamente
responsable de la misión apostólica de la Iglesia" (Pío
XII, Enc. Fidei donum, 11; cf LG 23; CD 4,36-37; AG 5.6.38).
1561 Todo lo que se ha dicho explica por qué
la Eucaristía celebrada por el obispo tiene una significación
muy especial como expresión de la Iglesia reunida en torno al
altar bajo la presidencia de quien representa visiblemente a
Cristo, Buen Pastor y Cabeza de su Iglesia (cf SC 41; LG 26).
La ordenación de los presbíteros -
cooperadores de los obispos
1562 "Cristo, a quien el Padre santificó
y envió al mundo, hizo a los obispos partícipes de su misma
consagración y misión por medio de los Apóstoles de los cuales
son sucesores. Estos han confiado legítimamente la función de su
ministerio en diversos grados a diversos sujetos en la
Iglesia" (LG 28). "La función ministerial de los
obispos, en grado subordinado, fue encomendada a los presbíteros
para que, constituidos en el orden del presbiterado, fueran los
colaboradores del Orden episcopal para realizar adecuadamente la
misión apostólica confiada por Cristo" (PO 2).
1563 "El ministerio de los presbíteros,
por estar unido al Orden episcopal, participa de la autoridad con
la que el propio Cristo construye, santifica y gobierna su Cuerpo.
Por eso el sacerdocio de los presbíteros supone ciertamente los
sacramentos de la iniciación cristiana. Se confiere, sin embargo,
por aquel sacramento peculiar que, mediante la unción del
Espíritu Santo, marca a los sacerdotes con un carácter especial.
Así quedan identificados con Cristo Sacerdote, de tal manera que
puedan actuar como representantes de Cristo Cabeza" (PO 2).
1564 "Los presbíteros, aunque no tengan
la plenitud del sacerdocio y dependan de los obispos en el
ejercicio de sus poderes, sin embargo están unidos a éstos en el
honor del sacerdocio y, en virtud del sacramento del Orden, quedan
consagrados como verdaderos sacerdotes de la Nueva Alianza, a
imagen de Cristo, sumo y eterno Sacerdote (Hb 5,1-10; 7,24;
9,11-28), para anunciar el Evangelio a los fieles, para dirigirlos
y para celebrar el culto divino" (LG 28).
1565 En virtud del sacramento del Orden, los
presbíteros participan de la universalidad de la misión confiada
por Cristo a los apóstoles. El don espiritual que recibieron en
la ordenación los prepara, no para una misión limitada y
restringida, "sino para una misión amplísima y universal de
salvación `hasta los extremos del mundo'" (PO 10),
"dispuestos a predicar el evangelio por todas partes"
(OT 20).
1566 "Su verdadera función sagrada la
ejercen sobre todo en el culto o en la comunión eucarística. En
ella, actuando en la persona de Cristo y proclamando su Misterio,
unen la ofrenda de los fieles al sacrificio de su Cabeza;
actualizan y aplican en el sacrificio de la misa, hasta la venida
del Señor, el único Sacrificio de la Nueva Alianza: el de
Cristo, que se ofrece al Padre de una vez para siempre como hostia
inmaculada" (LG 28). De este sacrificio único, saca su
fuerza todo su ministerio sacerdotal (cf PO 2).
1567 "Los presbíteros, como colaboradores
diligentes de los obispos y ayuda e instrumento suyos, llamados
para servir al Pueblo de Dios, forman con su obispo un único
presbiterio, dedicado a diversas tareas. En cada una de las
comunidades locales de fieles hacen presente de alguna manera a su
obispo, al que están unidos con confianza y magnanimidad;
participan en sus funciones y preocupaciones y las llevan a la
práctica cada día" (LG 28). Los presbíteros sólo pueden
ejercer su ministerio en dependencia del obispo y en comunión con
él. La promesa de obediencia que hacen al obispo en el momento de
la ordenación y el beso de paz del obispo al fin de la liturgia
de la ordenación significa que el obispo los considera como sus
colaboradores, sus hijos, sus hermanos y sus amigos y que a su vez
ellos le deben amor y obediencia.
1568 "Los presbíteros, instituidos por la
ordenación en el orden del presbiterado, están unidos todos
entre sí por la íntima fraternidad del sacramento. Forman un
único presbiterio especialmente en la diócesis a cuyo servicio
se dedican bajo la dirección de su obispo" (PO 8). La unidad
del presbiterio encuentra una expresión litúrgica en la
costumbre de que los presbíteros impongan a su vez las manos,
después del obispo, durante el rito de la ordenación.
La ordenación de los diáconos, “en orden al
ministerio”
1569 "En el grado inferior de la
jerarquía están los diácon os, a los que se les imponen las
'para realizar un servicio y no para ejercer el sacerdocio'"
(LG 29; cf CD 15). En la ordenación al diaconado, sólo el obispo
impone las manos , significando así que el diácono está
especialmente vinculado al obispo en las tareas de su
"diaconía" (cf S. Hipólito, trad. ap. 8).
1570 Los diáconos participan de una manera
especial en la misión y la gracia de Cristo (cf LG 41; AA 16). El
sacramento del Orden los marco con un sello (carácter) que nadie
puede hacer desaparecer y que los configura con Cristo que se hizo
"diácono", es decir, el servidor de todos (cf Mc 10,45;
Lc 22,27; S. Policarpo, Ep 5,2). Corresponde a los diáconos,
entre otras cosas, asistir al obispo y a los presbíteros en la
celebración de los divinos misterios sobre todo de la Eucaristía
y en la distribución de la misma, asistir a la celebración del
matrimonio y bendecirlo, proclamar el evangelio y predicar,
presidir las exequias y entregarse a los diversos servicios de la
caridad (cf LG 29; cf. SC 35,4; AG 16).
1571 Desde el Concilio Vaticano II, la Iglesia
latina ha restablecido el diaconado "como un grado particular
dentro de la jerarquía" (LG 29), mientras que las Iglesias
de Oriente lo habían mantenido siempre. Este diaconado
permanente, que puede ser conferido a hombres casados, constituye
un enriquecimiento importante para la misión de la Iglesia. En
efecto, es apropiado y útil que hombres que realizan en la
Iglesia un ministerio verdaderamente diaconal, ya en la vida
litúrgica y pastoral, ya en las obras sociales y caritativas,
"sean fortalezcan por la imposición de las manos transmitida
ya desde los Apóstoles y se unan más estrechamente al servicio
del altar, para que cumplan con mayor eficacia su ministerio por
la gracia sacramental del diaconado" (AG 16).
IV LA CELEBRACION DE ESTE SACRAMENTO
1572 La celebración de la ordenación de un
obispo, de presbíteros o de diáconos, por su importancia para la
vida de la Iglesia particular, exige el mayor concurso posible de
fieles. Tendrá lugar preferentemente el domingo y en la catedral,
con una solemnidad adaptada a las circunstancias. Las tres
ordenaciones, del obispo, del presbítero y del diácono, tienen
el mismo dinamismo. El lugar propio de su celebración es dentro
de la Eucaristía.
1573 El rito esencial del sacramento del Orden
está constituido, para los tres grados, por la imposición de
manos del obispo sobre la cabeza del ordenando así como por una
oración consecratoria específica que pide a Dios la efusión del
Espíritu Santo y de sus dones apropiados al ministerio para el
cual el candidato es ordenado (cf Pío XII, const. ap. Sacramentum
Ordinis, DS 3858).
1574 Como en todos los sacramentos, ritos
complementarios rodean la celebración. Estos varían notablemente
en las distintas tradiciones litúrgicas, pero tienen en común la
expresión de múltiples aspectos de la gracia sacramental. Así,
en el rito latino, los ritos iniciales - la presentación y
elección del ordenando, la alocución del obispo, el
interrogatorio del ordenando, las letanías de los santos - ponen
de relieve que la elección del candidato se hace conforme al uso
de la Iglesia y preparan el acto solemne de la consagración;
después de ésta varios ritos vienen a expresar y completar de
manera simbólica el misterio que se ha realizado: para el obispo
y el presbítero la unción con el santo crisma, signo de la
unción especial del Espíritu Santo que hace fecundo su
ministerio; la entrega del libro de los evangelios, del anillo, de
la mitra y del báculo al obispo en señal de su misión
apostólica de anuncio de la palabra de Dios, de su fidelidad a la
Iglesia, esposa de Cristo, de su cargo de pastor del rebaño del
Señor; entrega al presbítero de la patena y del cáliz, "la
ofrenda del pueblo santo" que es llamado a presentar a Dios;
la entrega del libro de los evangelios al diácono que acaba de
recibir la misión de anunciar el evangelio de Cristo.
V EL MINISTRO DE ESTE SACRAMENTO
1575 Fue Cristo quien eligió a los apóstoles
y les hizo partícipes de su misión y su autoridad. Elevado a la
derecha del Padre, no abandona a su rebaño, sino que lo guarda
por medio de los apóstoles bajo su constante protección y lo
dirige también mediante estos mismos pastores que continúan hoy
su obra (cf MR, Prefacio de Apóstoles). Por tanto, es Cristo
"quien da" a unos el ser apóstoles, a otros pastores
(cf. Ef 4,11). Sigue actuando por medio de los obispos (cf LG 21).
1576 Dado que el sacramento del Orden es el
sacramento del ministerio apostólico, corresponde a los obispos,
en cuanto sucesores de los apóstoles, transmitir "el don
espiritual" (LG 21), "la semilla apostólica" (LG
20). Los obispos válidamente ordenados, es decir, que están en
la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente los
tres grados del sacramento del Orden (cf DS 794 y 802; CIC, can.
1012; CCEO, can. 744; 747).
VI QUIEN PUEDE RECIBIR ESTE SACRAMENTO
1577 "Sólo el varón (vir ) bautizado
recibe válidamente la sagrada ordenación" (CIC, can 1024).
El Señor Jesús eligió a hombres (viri) para formar el colegio
de los doce apóstoles (cf Mc 3,14-19; Lc 6,12-16), y los
apóstoles hicieron lo mismo cuando eligieron a sus colaboradores
(1 Tm 3,1-13; 2 Tm 1,6; Tt 1,5-9) que les sucederían en su tarea
(S.Clemente Romano Cor, 42,4; 44,3). El colegio de los obispos,
con quienes los presbíteros están unidos en el sacerdocio, hace
presente y actualiza hasta el retorno de Cristo el colegio de los
Doce. La Iglesia se reconoce vinculada por esta decisión del
Señor. Esta es la razón por la que las mujeres no reciben la
ordenación (cf Juan Pablo II, MD 26-27; CDF decl. "Inter
insigniores": AAs 69 [1977] 98-116).
1578 Nadie tiene derecho a recibir el
sacramento del Orden. En efecto, nadie se arroga para sí mismo
este oficio. Al sacramento se es llamado por Dios (cf Hb 5,4).
Quien cree reconocer las señales de la llamada de Dios al
ministerio ordenado, debe someter humildemente su deseo a la
autoridad de la Iglesia a la que corresponde la responsabilidad y
el derecho de llamar a recibir este sacramento. Como toda gracia,
el sacramento sólo puede ser recibido como un don inmerecido.
1579 Todos los ministros ordenados de la
Iglesia latina, exceptuados los diáconos permanentes, son
ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como
célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato "por
el Reino de los cielos" (Mt 19,12). Llamados a consagrarse
totalmente al Señor y a sus "cosas" (cf 1 Co 7,32), se
entregan enteramente a Dios y a los hombres. El celibato es un
signo de esta vida nueva al servicio de la cual es consagrado el
ministro de la Iglesia; aceptado con un corazón alegre, anuncia
de modo radiante el Reino de Dios (cf PO 16).
1580 En las Iglesias Orientales, desde hace
siglos está en vigor una disciplina distinta: mientras los
obispos son elegidos únicamente entre los célibes, hombres
casados pueden ser ordenados diáconos y presbíteros. Esta
práctica es considerada como legítima desde tiempos remotos;
estos presbíteros ejercen un ministerio fructuoso en el seno de
sus comunidades (cf PO 16). Por otra parte, el celibato de los
presbíteros goza de gran honor en las Iglesias Orientales, y son
numerosos los presbíteros que lo escogen libremente por el Reino
de Dios. En Oriente como en Occidente, quien recibe el sacramento
del Orden no puede contraer matrimonio.
VII LOS EFECTOS DEL SACRAMENTO DEL ORDEN
El carácter indeleble
1581 Este sacramento configura con Cristo
mediante una gracia especial del Espíritu Santo a fin de servir
de instrumento de Cristo en favor de su Iglesia. Por la
ordenación recibe la capacidad de actuar como representante de
Cristo, Cabeza de la Iglesia, en su triple función de sacerdote,
profeta y rey.
1582 Como en el caso del Bautismo y de la
Confirmación, esta participación en la misión de Cristo es
concedida de una vez para siempre. El sacramento del Orden
confiere también un carácter espiritual indeleble y no puede ser
reiterado ni ser conferido para un tiempo determinado (cf Cc. de
Trento: DS 1767; LG 21.28.29; PO 2).
1583 Un sujeto válidamente ordenado puede
ciertamente, por causas graves, ser liberado de las obligaciones y
las funciones vinculadas a la ordenación, o se le puede impedir
ejercerlas (cf CIC, can. 290-293; 1336,1, nn 3º y 5º; 1338,2),
pero no puede convertirse de nuevo en laico en sentido estricto
(cf. CC. de Trento: DS 1774) porque el carácter impreso por la
ordenación es para siempre. La vocación y la misión recibidas
el día de su ordenación, lo marcan de manera permanente.
1584 Puesto que en último término es Cristo
quien actúa y realiza la salvación a través del ministro
ordenado, la indignidad de éste no impide a Cristo actuar (cf Cc.
de Trento: DS 1612; 1154). S. Agustín lo dice con firmeza:
En cuanto al ministro orgulloso, hay que
colocarlo con el diablo. Sin embargo, el don de Crist o no por
ello es profanado: lo que llega a través de él conserva su
pureza, lo que pasa por él permanece limpio y llega a la tierra
fértil...En efecto, la virtud espiritual del sacramento es
semejante a la luz: los que deben ser iluminados la reciben en su
pureza y, si atraviesa seres manchados, no se mancha (Ev. Ioa. 5,
15).
La gracia del Espíritu Santo
1585 La gracia del Espíritu Santo propia de
este sacramento es la de ser configurado con Cristo Sacerdote,
Maestro y Pastor, de quien el ordenado es constituido ministro.
1586 Para el obispo, es en primer lugar una
gracia de fortaleza ("El Espíritu de soberanía":
Oración de consagración del obispo en el rito latino): la de
guiar y defender con fuerza y prudencia a su Iglesia como padre y
pastor, con amor gratuito para todos y con predilección por los
pobres, los enfermos y los necesitados (cf CD 13 y 16). Esta
gracia le impulsa a anunciar el evangelio a todos, a ser el modelo
de su rebaño, a precederlo en el camino de la santificación
identificándose en la Eucaristía con Cristo Sacerdote y
Víctima, sin miedo a dar la vida por sus ovejas:
Concede, Padre que conoces los corazones, a tu
siervo que has elegido para el episcopado, que apaciente tu santo
rebaño y que ejerza ante ti el supremo sacerdocio sin reproche
sirviéndote noche y día; que haga sin cesar propicio tu rostro y
que ofrezca los dones de tu santa Iglesia, que en virtud del
espíritu del supremo sacerdocio tenga poder de perdonar los
pecados según tu mandamiento, que distribuya las tareas siguiendo
tu orden y que desate de toda atadura en virtud del poder que tú
diste a los apóstoles; que te agrade por su dulzura y su corazón
puro, ofreciéndote un perfume agradable por tu Hijo Jesucristo...
(S. Hipólito, Trad. Ap. 3).
1587 El don espiritual que confiere la
ordenación presbiteral está expresado en esta oración propia
del rito bizantino. El obispo, imponiendo la mano, dice:
Señor, llena del don del Espíritu Santo al
que te has dignado elevar al grado del sacerdocio para que sea
digno de presentarse sin reproche ante tu altar, de anunciar el
evangelio de tu Reino, de realizar el ministerio de tu palabra de
verdad, de ofrecerte dones y sacrificios espirituales, de renovar
tu pueblo mediante el baño de la regeneración; de manera que
vaya al encuentro de nuestro gran Dios y Salvador Jesucristo, tu
Hijo único, el día de su segunda venida, y reciba de tu inmensa
bondad la recompensa de una fiel administración de su orden
(Euchologion).
1588 En cuanto a los diáconos,
"fortalecidos, en efecto, con la gracia del sacramento, en
comunión con el obispo y sus presbíteros, están al servicio del
Pueblo de Dios en el ministerio de la liturgia, de la palabra y de
la caridad" (LG 29).
1589 Ante la grandeza de la gracia y del oficio
sacerdotales, los santos doctores sintieron la urgente llamada a
la conversión con el fin de corresponder mediante toda su vida a
aquel de quien el sacramento los constituye ministros. Así, S.
Gregorio Nazianceno, siendo joven sacerdote, exclama:
Es preciso comenzar por purificarse antes de
purificar a los otros; es preciso ser instruido para poder
instruir; es preciso ser luz para iluminar, acercarse a Dios para
acercarle a los demás, ser santificado para santificar, conducir
de la mano y aconsejar con inteligencia (Or. 2, 71). Sé de quién
somos ministros, donde nos encontramos y adonde nos dirigimos.
Conozco la altura de Dios y la flaqueza del hombre, pero también
su fuerza (ibid. 74) (Por tanto, ¿quién es el sacerdote? Es) el
defensor de la verdad, se sitúa junto a los ángeles, glorifica
con los arcángeles, hace subir sobre el altar de lo alto las
víctimas de los sacrificios, comparte el sacerdocio de Cristo,
restaura la criatura, restablece (en ella) la imagen (de Dios), la
recrea para el mundo de lo alto, y, para decir lo más grande que
hay en él, es divinizado y diviniza (ibid. 73).
Y el santo Cura de Ars dice: "El sacerdote
continua la obra de redención en la tierra"..."Si se
comprendiese bien al sacerdote en la tierra se moriría no de
pavor sino de amor"..."El sacerdocio es el amor del
corazón de Jesús".
RESUMEN
1590 S. Pablo dice a su discípulo Timoteo:
"Te recomiendo que reavives el carisma de Dios que está en
ti por la imposición de mis manos" (2 Tm 1,6), y "si
alguno aspira al cargo de obispo, desea una noble función"
(1 Tm 3,1). A Tito decía: "El motivo de haberte dejado en
Creta, fue para que acabaras de organizar lo que faltaba y
establecieras presbíteros en cada ciudad, como yo te
ordené" (Tt 1,5).
1591 La Iglesia entera es un pueblo sacerdotal.
Por el bautismo, todos los fieles participan del sacerdocio de
Cristo. Esta participación se llama "sacerdocio común de
los fieles". A partir de este sacerdocio y al servicio del
mismo existe otra participación en la misión de Cristo: la del
ministerio conferido por el sacramento del Orden, cuya tarea es
servir en nombre y en la representación de Cristo-Cabeza en medio
de la comunidad.
1592 El sacerdocio ministerial difiere
esencialmente del sacerdocio común de los fieles porque confiere
un poder sagrado para el servicio de los fieles. Los ministros
ordenados ejercen su servicio en el pueblo de Dios mediante la
enseñanza (munus docendi), el culto divino (munus liturgicum) y
por el gobierno pastoral (munus regendi).
1593 Desde los orígenes, el ministerio
ordenado fue conferido y ejercido en tres grados: el de los
Obispos, el de los presbíteros y el de los diáconos. Los
ministerios conferidos por la ordenación son insustituibles para
la estructura orgánica de la Iglesia: sin el obispo, los
presbíteros y los diácono s no se puede hablar de Iglesia (cf.
S. Ignacio de Antioquía, Trall. 3,1).
1594 El obispo recibe la plenitud del
sacramento del Orden que lo incorpora al colegio episcopal y hace
de él la cabeza visible de la Iglesia particular que le es
confiada. Los Obispos, en cuanto sucesores de los apóstoles y
miembros del colegio, participan en la responsabilidad apostólica
y en la misión de toda la Iglesia bajo la autoridad del Papa,
sucesor de S. Pedro.
1595 Los presbíteros están unidos a los
obispos en la dignidad sacerdotal y al mismo tiempo dependen de
ellos en el ejercicio de sus funciones pastorales; son llamados a
ser cooperadores diligentes de los obispos; forman en torno a su
Obispo el presbiterio que asume con él la responsabilidad de la
Iglesia particular. Reciben del obispo el cuidado de una comunidad
parroquial o de una función eclesial determinada.
1596 Los diáconos son ministros ordenados para
las tareas de servicio de la Iglesia; no reciben el sacerdocio
ministerial, pero la ordenación les confiere funciones
importantes en el ministerio de la palabra, del culto divino, del
gobierno pastoral y del servicio de la caridad, tareas que deben
cumplir bajo la autoridad pastoral de su Obispo.
1597 El sacramento del Orden es conferido por
la imposición de las manos seguida de una oración consecratoria
solemne que pide a Dios para el ordenando las gracias del
Espíritu Santo requeridas para su ministerio. La ordenación
imprime un carácter sacramental indeleble.
1598 La Iglesia confiere el sacramento del
Orden únicamente a varones (viris) bautizados, cuyas aptitudes
para el ejercicio del ministerio han sido debidamente reconocidas.
A la autoridad de la Iglesia corresponde la responsabilidad y el
derecho de llamar a uno a recibir la ordenación.
1599 En la Iglesia latina, el sacramento del
Orden para el presbiterado sólo es conferido ordinariamente a
candidatos que están dispuestos a abrazar libremente el celibato
y que manifiestan públicamente su voluntad de guardarlo por amor
del Reino de Dios y el servicio de los hombres.
1600 Corresponde a los Obispos conferir el
sacramento del Orden en los tres grados.
Artículo 7 EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
1601 "La alianza matrimonial, por la que
el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la
vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los
cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada
por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre
bautizados" (CIC, can. 1055,1)
I EL MATRIMONIO EN EL PLAN DE DIOS
1602 La Sagrada Escritura se abre con el relato
de la creación del hombre y de la mujer a imagen y semejanza de
Dios (Gn 1,26-27) y se cierra con la visión de las "bodas
del Cordero" (Ap 19,7.9). De un extremo a otro la Escritura
habla del matrimonio y de su "misterio", de su
institución y del sentido que Dios le dio, de su origen y de su
fin, de sus realizaciones diversas a lo largo de la historia de la
salvación, de sus dificultades nacidas del pecado y de su
renovación "en el Señor" (1 Co 7,39) todo ello en la
perspectiva de la Nueva Alianza de Cristo y de la Iglesia (cf Ef
5,31-32).
El matrimonio en el orden de la creación
1603 "La íntima comunidad de vida y amor
conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias, se
establece sobre la alianza del matrimonio... un vínculo
sagrado... no depende del arbitrio humano. El mismo Dios es el
autor del matrimonio" (GS 48,1). La vocación al matrimonio
se inscribe en la naturaleza misma del hombre y de la mujer,
según salieron de la mano del Creador. El matrimonio no es una
institución puramente humana a pesar de las numerosas variaciones
que ha podido sufrir a lo largo de los siglos en las diferentes
culturas, estructuras sociales y actitudes espirituales. Estas
diversidades no deben hacer olvidar sus rasgos comunes y
permanente. A pesar de que la dignidad de esta institución no se
trasluzca siempre con la misma claridad (cf GS 47,2), existe en
todas las culturas un cierto sentido de la grandeza de la unión
matrimonial. "La salvación de la persona y de la sociedad
humana y cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad de
la comunidad conyugal y familiar" (GS 47,1).
1604 Dios que ha creado al hombre por amor lo
ha llamado también al amor, vocación fundamental e innata de
todo ser humano. Porque el hombre fue creado a imagen y semejanza
de Dios (Gn 1,2), que es Amor (cf 1 Jn 4,8.16). Habiéndolos
creado Dios hombre y mujer, el amor mutuo entre ellos se convierte
en imagen del amor absoluto e indefectible con que Dios ama al
hombre. Este amor es bueno, muy bueno, a los ojos del Creador (cf
Gn 1,31). Y este amor que Dios bendice es destinado a ser fecundo
y a realizarse en la obra común del cuidado de la creación.
"Y los bendijo Dios y les dijo: "Sed fecundos y
multiplicaos, y llenad la tierra y sometedla'" (Gn 1,28).
1605 La Sagrada escritura afirma que el hombre
y la mujer fueron creados el uno para el otro: "No es bueno
que el hombre esté solo". La mujer, "carne de su
carne", su igual, la criatura más semejante al hombre mismo,
le es dada por Dios como una "auxilio", representando
así a Dios que es nuestro "auxilio" (cf Sal 121,2).
"Por eso deja el hombre a su padre y a su madre y se une a su
mujer, y se hacen una sola carne" (cf Gn 2,18-25). Que esto
significa una unión indefectible de sus dos vidas, el Señor
mismo lo muestra recordando cuál fue "en el principio",
el plan del Creador: "De manera que ya no son dos sino una
sola carne" (Mt 19,6).
El matrimonio bajo la esclavitud del pecado
1606 Todo hombre, tanto en su entorno como en
su propio corazón, vive la experiencia del mal. Esta experiencia
se hace sentir también en las relaciones entre el hombre y la
mujer. En todo tiempo, la unión del hombre y la mujer vive
amenazada por la discordia, el espíritu de dominio, la
infidelidad, los celos y conflictos que pueden conducir hasta el
odio y la ruptura. Este desorden puede manifestarse de manera más
o menos aguda, y puede ser más o menos superado, según las
culturas, las épocas, los individuos, pero siempre aparece como
algo de carácter universal.
1607 Según la fe, este desorden que
constatamos dolorosamente, no se origina en la naturaleza del
hombre y de la mujer, ni en la naturaleza de sus relaciones, sino
en el pecado. El primer pecado, ruptura con Dios, tiene como
consecuencia primera la ruptura de la comunión original entre el
hombre y la mujer. Sus relaciones quedan distorsionadas por
agravios recíprocos (cf Gn 3,12); su atractivo mutuo, don propio
del creador (cf Gn 2,22), se cambia en relaciones de dominio y de
concupiscencia (cf Gn 3,16b); la hermosa vocación del hombre y de
la mujer de ser fecundos, de multiplicarse y someter la tierra (cf
Gn 1,28) queda sometida a los dolores del parto y los esfuerzos de
ganar el pan (cf Gn 3,16-19).
1608 Sin embargo, el orden de la Creación
subsiste aunque gravemente perturbado. Para sanar las heridas del
pecado, el hombre y la mujer necesitan la ayuda de la gracia que
Dios, en su misericordia infinita, jamás les ha negado (cf Gn
3,21). Sin esta ayuda, el hombre y la mujer no pueden llegar a
realizar la unión de sus vidas en orden a la cual Dios los creó
"al comienzo".
El matrimonio bajo la pedagogía de la antigua
Ley
1609 En su misericordia, Dios no abandonó al
hombre pecador. Las penas que son consecuencia del pecado,
"los dolores del parto" (Gn 3,16), el trabajo "con
el sudor de tu frente" (Gn 3,19), constituyen también
remedios que limitan los daños del pecado. Tras la caída, el
matrimonio ayuda a vencer el repliegue sobre sí mismo, el
egoísmo, la búsqueda del propio placer, y a abrirse al otro, a
la ayuda mutua, al don de si.
1610 La conciencia moral relativa a la unidad e
indisolubilidad del matrimonio se desarrolló bajo la pedagogía
de la Ley antigua. La poligamia de los patriarcas y de los reyes
no es todavía prohibida de una manera explícita. No obstante, la
Ley dada por Moisés se orienta a proteger a la mujer contra un
dominio arbitrario del hombre, aunque ella lleve también, según
la palabra del Señor, las huellas de "la dureza del
corazón" de la persona humana, razón por la cual Moisés
permitió el repudio de la mujer (cf Mt 19,8; Dt 24,1).
1611 Contemplando la Alianza de Dios con Israel
bajo la imagen de un amor conyugal exclusivo y fiel (cf Os 1-3; Is
54.62; Jr 2-3. 31; Ez 16,62;23), los profetas fueron preparando la
conciencia del Pueblo elegido para una comprensión más profunda
de la unidad y de la indisolubilidad del matrimonio (cf Mal
2,13-17). Los libros de Rut y de Tobías dan testimonios
conmovedores del sentido hondo del matrimonio, de la fidelidad y
de la ternura de los esposos. La Tradición ha visto siempre en el
Cantar de los Cantares una expresión única del amor humano, en
cuanto que éste es reflejo del amor de Dios, amor "fuerte
como la muerte" que "las grandes aguas no pueden
anegar" (Ct 8,6-7).
El matrimonio en el Señor
1612 La alianza nupcial entre Dios y su pueblo
Israel había preparado la nueva y eterna alianza mediante la que
el Hijo de Dios, encarnándose y dando su vida, se unió en cierta
manera con toda la humanidad salvada por él (cf. GS 22),
preparando así "las bodas del cordero" (Ap 19,7.9).
1613 En el umbral de su vida pública, Jesús
realiza su primer signo -a petición de su Madre- con ocasión de
un banquete de boda (cf Jn 2,1-11). La Iglesia concede una gran
importancia a la presencia de Jesús en las bodas de Caná. Ve en
ella la confirmación de la bondad del matrimonio y el anuncio de
que en adelante el matrimonio será un signo eficaz de la
presencia de Cristo.
1614 En su predicación, Jesús enseñó sin
ambigüedad el sentido original de la unión del hombre y la
mujer, tal como el Creador la quiso al comienzo: la autorización,
dada por Moisés, de repudiar a su mujer era una concesión a la
dureza del corazón (cf Mt 19,8); la unión matrimonial del hombre
y la mujer es indisoluble: Dios mismo la estableció: "lo que
Dios unió, que no lo separe el hombre" (Mt 19,6).
1615 Esta insistencia, inequívoca, en la
indisolubilidad del vínculo matrimonial pudo causar perplejidad y
aparecer como una exigencia irrealizable (cf Mt 19,10). Sin
embargo, Jesús no impuso a los esposos una carga imposible de
llevar y demasiado pesada (cf Mt 11,29-30), más pesada que la Ley
de Moisés. Viniendo para restablecer el orden inicial de la
creación perturbado por el pecado, da la fuerza y la gracia para
vivir el matrimonio en la dimensión nueva del Reino de Dios.
Siguiendo a Cristo, renunciando a sí mismos, tomando sobre sí
sus cruces (cf Mt 8,34), los esposos podrán
"comprender" (cf Mt 19,11) el sentido original del
matrimonio y vivirlo con la ayuda de Cristo. Esta gracia del
Matrimonio cristiano es un fruto de la Cruz de Cristo, fuente de
toda la vida cristiana.
1616 Es lo que el apóstol Pablo da a entender
diciendo: "Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó
a la Iglesia y se entregó a sí mismo por ella, para
santificarla" (Ef 5,25-26), y añadiendo enseguida:
"`Por es o dejará el hombre a su padre y a su madre y se
unirá a su mujer, y los dos se harán una sola carne'. Gran
misterio es éste, lo digo respecto a Cristo y a la Iglesia"
(Ef 5,31-32).
1617 Toda la vida cristiana está marcada por
el amor esponsal de Cristo y de la Iglesia. Ya el Bautismo,
entrada en el Pueblo de Dios, es un misterio nupcial. Es, por así
decirlo, como el baño de bodas (cf Ef 5,26-27) que precede al
banquete de bodas, la Eucaristía. El Matrimonio cristiano viene a
ser por su parte signo eficaz, sacramento de la alianza de Cristo
y de la Iglesia. Puesto que es signo y comunicación de la gracia,
el matrimonio entre bautizados es un verdadero sacramento de la
Nueva Alianza (cf DS 1800; CIC, can. 1055,2).
La virginidad por el Reino de Dios
1618 Cristo es el centro de toda vida
cristiana. El vínculo con El ocupa el primer lugar entre todos
los demás vínculos, familiares o sociales (cf Lc 14,26; Mc
10,28-31). Desde los comienzos de la Iglesia ha habido hombres y
mujeres que han renunciado al gran bien del matrimonio para seguir
al Cordero dondequiera que vaya (cf Ap 14,4), para ocuparse de las
cosas del Señor, para tratar de agradarle (cf 1 Co 7,32), para ir
al encuentro del Esposo que viene (cf Mt 25,6). Cristo mismo
invitó a algunos a seguirle en este modo de vida del que El es el
modelo:
Hay eunucos que nacieron así del seno materno,
y hay eunucos hechos por los hombres, y hay eunucos que se
hicieron tales a sí mismos por el Reino de los Cielos. Quien
pueda entender, que entienda (Mt 19,12).
1619 La virginidad por el Reino de los Cielos
es un desarrollo de la gracia bautismal, un signo poderoso de la
preeminencia del vínculo con Cristo, de la ardiente espera de su
retorno, un signo que recuerda también que el matrimonio es una
realidad que manifiesta el carácter pasajero de este mundo (cf 1
Co 7,31; Mc 12,25).
1620 Estas dos realidades, el sacramento del
Matrimonio y la virginidad por el Reino de Dios, vienen del Señor
mismo. Es él quien les da sentido y les concede la gracia
indispensable para vivirlos conforme a su voluntad (cf Mt
19,3-12). La estima de la virginidad por el Reino (cf LG 42; PC
12; OT 10) y el sentido cristiano del Matrimonio son inseparables
y se apoyan mutuamente:
Denigrar el matrimonio es reducir a la vez la
gloria de la virginidad; elogiarlo es realzar a la vez la
admiración que corresponde a la virginidad... (S. Juan
Crisóstomo, virg. 10,1; cf FC, 16).
II LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO
1621 En el rito latino, la celebración del
matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente
dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos
los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En
la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la
que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por
la que se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los
esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante
la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo
por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y
recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo
y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo"
en Cristo (cf 1 Co 10,17).
1622 "En cuanto gesto sacramental de
santificación, la celebración del matrimonio...debe ser por sí
misma válida, digna y fructuosa" (FC 67). Por tanto,
conviene que los futuros esposos se dispongan a la celebración de
su matrimonio recibiendo el sacramento de la penitencia.
1623 Según la tradición latina, los esposos,
como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su
consentimiento ante la Iglesia, se confieren mutuamente el
sacramento del matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias
orientales, los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son
testigos del recíproco consentimiento expresado por los esposos
(cf. CCEO, can. 817), pero también su bendición es necesaria
para la validez del sacramento (cf CCEO, can. 828).
1624 Las diversas liturgias son ricas en
oraciones de bendición y de epíclesis pidiendo a Dios su gracia
y la bendición sobre la nueva pareja, especialmente sobre la
esposa. En la epíclesis de este sacramento los esposos reciben el
Espíritu Santo como Comunión de amor de Cristo y de la Iglesia
(cf. Ef 5,32). El Espíritu Santo es el sello de la alianza de los
esposos, la fuente siempre generosa de su amor, la fuerza con que
se renovará su fidelidad.
III EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL
1625 Los protagonistas de la alianza
matrimonial son un hombre y una mujer bautizados, libres para
contraer el matrimonio y que expresan libremente su
consentimiento. "Ser libre" quiere decir:
– no obrar por coacción;
– no estar impedido por una ley natural o
eclesiástica.
1626 La Iglesia considera el intercambio de los
consentimientos entre los esposos como el elemento indispensable
"que hace el matrimonio" (CIC, can. 1057,1). Si el
consentimiento falta, no hay matrimonio.
1627 El consentimiento consiste en "un
acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben
mutuamente" (GS 48,1; cf CIC, can. 1057,2): "Yo te
recibo como esposa" - "Yo te recibo como esposo"
(OcM 45). Este consentimiento que une a los esposos entre sí,
encuentra su plenitud en el hecho de que los dos "vienen a
ser una sola carne" (cf Gn 2,24; Mc 10,8; Ef 5,31).
1628 El consentimiento debe ser un acto de la
voluntad de cada uno de los contrayentes, libre de violencia o de
temor grave externo (cf CIC, can. 1103). Ningún poder humano
puede reemplazar este consentimiento (CIC, can. 1057, 1). Si esta
libertad falta, el matrimonio es inválido.
1629 Por esta razón (o por otras razones que
hacen nulo e inválido el matrimonio; cf. CIC, can. 1095-1107), la
Iglesia, tras examinar la situación por el tribunal eclesiástico
competente, puede declarar "la nulidad del matrimonio",
es decir, que el matrimonio no ha existido. En este caso, los
contrayentes quedan libres para casarse, aunque deben cumplir las
obligaciones naturales nacidas de una unión precedente precedente
(cf CIC, can. 1071).
1630 El sacerdote ( o el diácono) que asiste a
la celebraci ón del matrimonio, recibe el consentimiento de los
esposos en nombre de la Iglesia y da la bendición de la Iglesia.
La presencia del ministro de la Iglesia (y también de los
testigos) expresa visiblemente que el matrimonio es una realidad
eclesial.
1631 Por esta razón, la Iglesia exige
ordinariamente para sus fieles la forma eclesiástica de la
celebración del matrimonio (cf Cc. de Trento: DS 1813-1816; CIC,
can. 1108). Varias razones concurren para explicar esta
determinación:
– El matrimonio sacramental es un acto
litúrgico. Por tanto, es conveniente que sea celebrado en la
liturgia pública de la Iglesia.
– El matrimonio introduce en un ordo
eclesial, crea derechos y deberes en la Iglesia entre los esposos
y para con los hijos.
– Por ser el matrimonio un estado de vida en
la Iglesia, es preciso que exista certeza sobre él (de ahí la
obligación de tener testigos).
– El carácter público del consentimiento
protege el "Sí" una vez dado y ayuda a permanecer fiel
a él.
1632 Para que el "Sí" de los esposos
sea un acto libre y responsable, y para que la alianza matrimonial
tenga fundamentos humanos y cristianos sólidos y estables, la
preparación para el matrimonio es de primera importancia:
- El ejemplo y la enseñanza dados por los
padres y por las familias son el camino privilegiado de esta
preparación.
- El papel de los pastores y de la comunidad
cristiana como "familia de Dios" es indispensable para
la transmisión de los valores humanos y cristianos del matrimonio
y de la familia (cf. CIC, can. 1063), y esto con mayor razón en
nuestra época en la que muchos jóvenes conocen la experiencia de
hogares rotos que ya no aseguran suficientemente esta iniciación:
Los jóvenes deben ser instruidos adecuada y
oportunamente sobre la dignidad, dignidad , tareas y ejercicio del
amor conyugal, sobre todo en el seno de la misma familia, para
que, educados en el cultivo de la castidad, puedan pasar, a la
edad conveniente, de un honesto noviazgo vivido al matrimonio (GS
49,3).
Matrimonios mixtos y disparidad de culto
1633 En numerosos países, la situación del
matrimonio mixto (entre católico y bautizado no católico) se
presenta con bastante frecuencia. Exige una atención particular
de los cónyuges y de los pastores. El caso de matrimonios con
disparidad de culto (entre católico y no bautizado) exige una
aún mayor atención.
1634 La diferencia de confesión entre los
cónyuges no constituye un obstáculo insuperable para el
matrimonio, cuando llegan a poner en común lo que cada uno de
ellos ha recibido en su comunidad, y a aprender el uno del otro el
modo como cada uno vive su fidelidad a Cristo. Pero las
dificultades de los matrimonios mixtos no deben tampoco ser
subestimadas. Se deben al hecho de que la separación de los
cristianos no se ha superado todavía. Los esposos corren el
peligro de vivir en el seno de su hogar el drama de la desunión
de los cristianos. La disparidad de culto puede agravar aún más
estas dificultades. Divergencias en la fe, en la concepción misma
del matrimonio, pero también mentalidades religiosas distintas
pueden constituir una fuente de tensiones en el matrimonio,
principalmente a propósito de la educación de los hijos. Una
tentación que puede presentarse entonces es la indiferencia
religiosa.
1635 Según el derecho vigente en la Iglesia
latina, un matrimonio mixto necesita, para su licitud, el permiso
expreso de la autoridad eclesiástica (cf CIC, can. 1124). En caso
de disparidad de culto se requiere una dispensa expresa del
impedimento para la validez del matrimonio (cf CIC, can. 1086).
Este permiso o esta dispensa supone que ambas partes conozcan y no
excluyan los fines y las propiedades esenciales del matrimonio;
además, que la parte católica confirme los compromisos –también
haciéndolos conocer a la parte no católica– de conservar la
propia fe y de asegurar el Bautismo y la educación de los hijos
en la Iglesia Católica (cf CIC, can. 1125).
1636 En muchas regiones, gracias al diálogo
ecuménico, las comunidades cristianas interesadas han podido
llevar a cabo una pastoral común para los matrimonios mixtos. Su
objetivo es ayudar a estas parejas a vivir su situación
particular a la luz de la fe. Debe también ayudarles a superar
las tensiones entre las obligaciones de los cónyuges, el uno con
el otro, y con sus comunidades eclesiales. Debe alentar el
desarrollo de lo que les es común en la fe, y el respeto de lo
que los separa.
1637 En los matrimonios con disparidad de
culto, el esposo católico tiene una tarea particular: "Pues
el marido no creyente queda santificado por su mujer, y la mujer
no creyente queda santificada por el marido creyente" ( 1 Co
7,14). Es un gran gozo para el cónyuge cristiano y para la
Iglesia el que esta "santificación" conduzca a la
conversión libre del otro cónyuge a la fe cristiana (cf. 1 Co
7,16). El amor conyugal sincero, la práctica humilde y paciente
de las virtudes familiares, y la oración perseverante pueden
preparar al cónyuge no creyente a recibir la gracia de la
conversión.
IV LOS EFECTOS DEL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
1638 "Del matrimonio válido se origina
entre los cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo por su misma
naturaleza; además, en el matrimonio cristiano los cónyuges son
fortalecidos y quedan como consagrados por un sacramento peculiar
para los deberes y la dignidad de su estado" (CIC, can.
1134).
El vínculo matrimonial
1639 El consentimiento por el que los esposos
se dan y se reciben mutuamente es sellado por el mismo Dios (cf Mc
10,9). De su alianza "nace una institución estable por
ordenación divina, también ante la sociedad" (GS 48,1). La
alianza de los esposos está integrada en la alianza de Dios con
los hombres: "el auténtico amor conyugal es asumido en el
amor divino" (GS 48,2).
1640 Por tanto, el vínculo matrimonial es
establecido por Dios mismo, de modo que el matrimonio celebrado y
consumado entre bautizados no puede ser disuelto jamás. Este
vínculo que resulta del acto humano libre de los esposos y de la
consumación del matrimonio es una realidad ya irrevocable y da
origen a una alianza garantizada por la fidelidad de Dios. La
Iglesia no tiene poder para pronunciarse contra esta disposición
de la sabiduría divina (cf CIC, can. 1141).
La gracia del sacramento del matrimonio
1641 "En su modo y estado de vida, (los
cónyuges cristianos) tienen su carisma propio en el Pueblo de
Dios" (LG 11). Esta gracia propia del sacramento del
matrimonio está destinada a perfeccionar el amor de los
cónyuges, a fortalecer su unidad indisoluble. Por medio de esta
gracia "se ayudan mutuamente a santificarse con la vida
matrimonial conyugal y en la acogida y educación de los
hijos" (LG 11; cf LG 41).
1642 Cristo es la fuente de esta gracia.
"Pues de la misma manera que Dios en otro tiempo salió al
encuentro de su pueblo por una alianza de amor y fidelidad, ahora
el Salvador de los hombres y Esposo de la Iglesia, mediante el
sacramento del matrimonio, sale al encuentro de los esposos
cristianos" (GS 48,2). Permanece con ellos, les da la fuerza
de seguirle tomando su cruz, de levantarse después de sus
caídas, de perdonarse mutuamente, de llevar unos las cargas de
los otros (cf Ga 6,2), de estar "sometidos unos a otros en el
temor de Cristo" (Ef 5,21) y de amarse con un amor
sobrenatural, delicado y fecundo. En las alegrías de su amor y de
su vida familiar les da, ya aquí, un gusto anticipado del
banquete de las bodas del Cordero:
¿De dónde voy a sacar la fuerza para
describir de manera satisfactoria la dicha del matrimonio que
celebra la Iglesia, que confirma la ofrenda, que sella la
bendición? Los ángeles lo proclaman, el Padre celestial lo
ratifica...¡Qué matrimonio el de dos cristianos, unidos por una
sola esperanza, un solo deseo, una sola disciplina, el mismo
servicio! Los dos hijos de un mismo Padre, servidores de un mismo
Señor; nada los separa, ni en el espíritu ni en la carne; al
contrario, son verdaderamente dos en una sola carne. Donde la
carne es una, también es uno el espíritu (Tertuliano, ux. 2,9;
cf. FC 13).
V LOS BIENES Y LAS EXIGENCIAS DEL AMOR CONYUGAL
1643 "El amor conyugal comporta una
totalidad en la que entran todos los elementos de la persona
-reclamo del cuerpo y del instinto, fuerza del sentimiento y de la
afectividad, aspiración del espíritu y de la voluntad-; mira una
unidad profundamente personal que, más allá de la unión en una
sola carne, conduce a no tener más que un corazón y un alma;
exige la indisolubilidad y la fidelidad de la donación recíproca
definitiva; y se abre a fecundidad. En una palabra: se trata de
características normales de todo amor conyugal natural, pero con
un significado nuevo que no sólo las purifica y consolida, sino
las eleva hasta el punto de hacer de ellas la expresión de
valores propiamente cristianos" (FC 13).
Unidad e indisolubilidad del matrimonio
1644 El amor de los esposos exige, por su misma
naturaleza, la unidad y la indisolubilidad de la comunidad de
personas que abarca la vida entera de los esposos: "De manera
que ya no son dos sino una sola carne" (Mt 19,6; cf Gn 2,24).
"Están llamados a crecer continuamente en su comunión a
través de la fidelidad cotidiana a la promesa matrimonial de la
recíproca donación total" (FC 19). Esta comunión humana es
confirmada, purificada y perfeccionada por la comunión en
Jesucristo dada mediante el sacramento del matrimonio. Se
profundiza por la vida de la fe común y por la Eucaristía
recibida en común.
1645 "La unidad del matrimonio aparece
ampliamente confirmada por la igual dignidad personal que hay que
reconocer a la mujer y el varón en el mutuo y pleno amor"
(GS 49,2). La poligamia es contraria a esta igual dignidad de uno
y otro y al amor conyugal que es único y exclusivo.
La fidelidad del amor conyugal
1646 El amor conyugal exige de los esposos, por
su misma naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es
consecuencia del don de sí mismos que se hacen mutuamente los
esposos. El auténtico amor tiende por sí mismo a ser algo
definitivo, no algo pasajero. "Esta íntima unión, en cuanto
donación mutua de dos personas, como el bien de los hijos exigen
la fidelidad de los cónyuges y urgen su indisoluble unidad"
(GS 48,1).
1647 Su motivo más profundo consiste en la
fidelidad de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia. Por el
sacramento del matrimonio los esposos son capacitados para
representar y testimoniar esta fidelidad. Por el sacramento, la
indisolubilidad del matrimonio adquiere un sentido nuevo y más
profundo.
1648 Puede parecer difícil, incluso imposible,
atarse para toda la vida a un ser humano. Por ello es tanto más
importante anunciar la buena nueva de que Dios nos ama con un amor
definitivo e irrevocable, de que los esposos participan de este
amor, que les conforta y mantiene, y de que por su fidelidad se
convierten en testigos del amor fiel de Dios. Los esposos que, con
la gracia de Dios, dan este testimonio, con frecuencia en
condiciones muy difíciles, merecen la gratitud y el apoyo de la
comunidad eclesial (cf FC 20).
1649 Existen, sin embargo, situaciones en que
la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por
razones muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la
separación física de los esposos y el fin de la cohabitación.
Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios; ni son
libres para contraer una nueva unión. En esta situación
difícil, la mejor solución sería, si es posible, la
reconciliación. La comunidad cristiana está llamada a ayudar a
estas personas a vivir cristianamente su situación en la
fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble
(cf FC; 83; CIC, can. 1151-1155).
1650 Hoy son numerosos en muchos países los
católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que
contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia
mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien
repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra
aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete
adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida
esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los
divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una
situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo
cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras
persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer
ciertas responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante
el sacramento de la penitencia no puede ser concedida más que
aquellos que se arrepientan de haber violado el signo de la
Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en
total continencia.
1651 Respecto a los cristianos que viven en
esta situación y que con frecuencia conservan la fe y desean
educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la
comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de
aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya
vida pueden y deben participar en cuanto bautizados:
Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a
frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración,
a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la
comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe
cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para
implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios (FC 84).
La apertura a la fecundidad
1652 "Por su naturaleza misma, la
institución misma del matrimonio y el amor conyugal están
ordenados a la procreación y a la educación de la prole y con
ellas son coronados como su culminación" (GS 48,1):
Los hijos son el don más excelente del
matrimonio y contribuyen mucho al bien de sus mismos padres. El
mismo Dios, que dijo: "No es bueno que el hombre esté solo
(Gn 2,18), y que hizo desde el principio al hombre, varón y
mujer" (Mt 19,4), queriendo comunicarle cierta participación
especial en su propia obra creadora, bendijo al varón y a la
mujer diciendo: "Creced y multiplicaos" (Gn 1,28). De
ahí que el cultivo verdadero del amor conyugal y todo el sistema
de vida familiar que de él procede, sin dejar posponer los otros
fines del matrimonio, tienden a que los esposos estén dispuestos
con fortaleza de ánimo a cooperar con el amor del Creador y
Salvador, que por medio de ellos aumenta y enriquece su propia
familia cada día más (GS 50,1).
1653 La fecundidad del amor conyugal se
extiende a los frutos de la vida moral, espiritual y sobrenatural
que los padres transmiten a sus hijos por medio de la educación.
Los padres son los principales y primeros educadores de sus hijos
(cf. GE 3). En este sentido, la tarea fundamental del matrimonio y
de la familia es estar al servicio de la vida (cf FC 28).
1654 Sin embargo, los esposos a los que Dios no
ha concedido tener hijos pueden llevar una vida conyugal plena de
sentido, humana y cristianamente. Su matrimonio puede irradiar una
fecundidad de caridad, de acogida y de sacrificio.
VI LA IGLESIA DOMESTICA
1655 Cristo quiso nacer y crecer en el seno de
la Sagrada Familia de José y de María. La Iglesia no es otra
cosa que la "familia de Dios". Desde sus orígenes, el
núcleo de la Iglesia estaba a menudo constituido por los que,
"con toda su casa", habían llegado a ser creyentes (cf
Hch 18,8). Cuando se convertían deseaban también que se salvase
"toda su casa" (cf Hch 16,31 y 11,14). Estas familias
convertidas eran islotes de vida cristiana en un mundo no
creyente.
1656 En nuestros días, en un mundo
frecuentemente extraño e incluso hostil a la fe, las familias
creyentes tienen una importancia primordial en cuanto faros de una
fe viva e irradiadora. Por eso el Concilio Vaticano II llama a la
familia, con una antigua expresión, "Ecclesia
domestica" (LG 11; cf. FC 21). En el seno de la familia,
"los padres han de ser para sus hijos los primeros
anunciadores de la fe con su palabra y con su ejemplo, y han de
fomentar la vocación personal de cada uno y, con especial
cuidado, la vocación a la vida consagrada" (LG 11).
1657 Aquí es donde se ejercita de manera
privilegiada el sacerdocio bautismal del padre de familia, de la
madre, de los hijos, de todos los miembros de la familia, "en
la recepción de los sacramentos, en la oración y en la acción
de gracias, con el testimonio de una vida santa, con la renuncia y
el amor que se traduce en obras" (LG 10). El hogar es así la
primera escuela de vida cristiana y "escuela del más rico
humanismo" (GS 52,1). Aquí se aprende la paciencia y el gozo
del trabajo, el amor fraterno, el perdón generoso, incluso
reiterado, y sobre todo el culto divino por medio de la oración y
la ofrenda de su vida.
1658 Es preciso recordar asimismo a un gran
número de personas que permanecen solteras a causa de las
concretas condiciones en que deben vivir, a menudo sin haberlo
querido ellas mismas. Estas personas se encuentran particularmente
cercanas al corazón de Jesús; y, por ello, merecen afecto y
solicitud diligentes de la Iglesia, particularmente de sus
pastores. Muchas de ellas viven sin familia humana, con frecuencia
a causa de condiciones de pobreza. Hay quienes viven su situación
según el espíritu de las bienaventuranzas sirviendo a Dios y al
prójimo de manera ejemplar. A todas ellas es preciso abrirles las
puertas de los hogares, "iglesias domésticas" y las
puertas de la gran familia que es la Iglesia. "Nadie se
sienta sin familia en este mundo: la Iglesia es casa y familia de
todos, especialmente para cuantos están `fatigados y agobiados'
(Mt 11,28)" (FC 85).
RESUMEN
1659 S. Pablo dice: "Maridos, amad a
vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia...Gran misterio es
éste, lo digo con respecto a Cristo y la Iglesia" (Ef
5,25.32).
1660 La alianza matrimonial, por la que un
hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de
amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador.
Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges así
como a la generación y educación de los hijos. Entre bautizados,
el matrimonio ha sido elevado por Cristo Señor a la dignidad de
sacramento (cf. GS 48,1; CIC, can. 1055,1).
1661 El sacramento del matrimonio significa la
unión de Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la gracia de
amarse con el amor con que Cristo amó a su Iglesia; la gracia del
sacramento perfecciona así el amor humano de los esposos,
reafirma su unidad indisoluble y los santifica en el camino de la
vida eterna (cf. Cc. de Trento: DS 1799).
1662 El matrimonio se funda en el
consentimiento de los contrayentes, es decir, en la voluntad de
darse mutua y definitivamente con el fin de vivir una alianza de
amor fiel y fecundo.
1663 Dado que el matrimonio establece a los
cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia, la
celebración del mismo se hace ordinariamente de modo público, en
el marco de una celebración litúrgica, ante el sacerdote (o el
testigo cualificado de la Iglesia), los testigos y la asamblea de
los fieles.
1664 La unidad, la indisolubilidad, y la
apertura a la fecundidad son esenciales al matrimonio. La
poligamia es incompatible con la unidad del matrimonio; el
divorcio separa lo que Dios ha unido; el rechazo de la fecundidad
priva la vida conyugal de su "don más excelente", el
hijo (GS 50,1).
1665 Contraer un nuevo matrimonio por parte de
los divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos contradice
el plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los que viven en
esta situación no están separados de la Iglesia pero no pueden
acceder a la comunión eucarística. Pueden vivir su vida
cristiana sobre todo educando a sus hijos en la fe.